Acuerda Levantar la medida cautelar nominada de embargo dictada en fecha diez (10) de mayo del año 2017, sobre bienes muebles propiedad de los ciudadanos José Luís Delgado Vaamonde y Carmen Elisa Medina Rodríguez, en su orden, la última solidariamente en su carácter de cónyuge de demandado, por la cantidad a embargar la cual es de Cincuenta y un millones cuatrocientos mil bolívares (Bs. 51.400,000,00) que comprende el doble de la cantidad demandada la cual es de Veinticinco millones setecientos mil bolívares (Bs.25.700.000.00), ello en caso de embargarse bienes muebles, cantidad que incluye el doble del monto liquido a embargar y en caso de embargarse cantidades de dinero, será hasta por la cantidad Veinticinco millones setecientos mil bolívares (Bs.25.700.00.00). Notifíquese mediante oficio al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado bolivariano de Cojedes. Así se determi.....