En consecuencia, en virtud de todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, ordena LIBRAR NUEVO MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN FORZOSA en la presente causa, a los fines de que la parte victoriosa haga efectiva su pretensión la cual ha sido reconocida judicialmente de forma definitivamente firme.-
Se condena en costas a la parte demandada-vencida en esta incidencia, conforme lo establece el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-