Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el Abogado JOSÉ ERNESTO RIERA, Apoderada Judicial de la parte demandante y los Ciudadanos LUÍS AMILCAR ORIHUELA MARTÍNEZ y LUÍS ENRIQUE ORIHUELA BRITO parte demandada, conforme a lo previsto en el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos a los veintiséis (26) días del mes de abril de 2010. Años: 200º y 151º.
La Jueza Provisoria,
Abg. KARINA LISBETH NIEVES MARTÍNEZ
El Secretario Accidental,
Abg. ARMANDO J. CHIRIVELLA P.
En la misma f.....