Terminado el examen del testigo anterior y habiéndose agotado la lista de personas llamados a rendir declaración en el presente juicio, sin que haya otras pruebas que evacuar en la presente audiencia, el Tribunal declaró concluido el debate oral, ordenándose el levantamiento y firma de la presente acta, y conforme a lo acordado por las partes intervinientes en este acto, al inicio del mismo, se difiere el pronunciamiento del dispositivo del fallo, para el DECIMO TERCER (13º) día de despacho siguiente al de hoy, declarándose suspendido el proceso por un lapso de DIEZ (10) días de despacho, siguientes a éste, dentro del cual y conforme a los establecido por las mismas partes, éstas procuraran darse un arreglo definitivo y satisfactorio sobre lo controvertido en el presente juicio, advirtiéndose que en caso de no alcanzarse ningún arreglo durante el lapso de suspensión acordado, este Tribunal fijará la hora en que se dará lectura al dispositivo de la sentencia, tal cual lo dispone e.....