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DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y previa lectura acordada por secretaría, estando conforme por los manifestantes, este Tribunal de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera, PROCEDENTE, la solicitud de Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos ADRIANIS YAMILETH GUERRERO TORRES y RAFAEL ANGEL SALAS REBOLLEDO, y en consecuencia, los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy veintiséis (26) de febrero de 2013, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.