DECISION
Por las razones anteriormente expuestas esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Que no tiene competencia, para conocer la acción de amparo constitucional ejercida por la Abogada Marielba Andreina Castillo Acosta actuando en su condición de defensora publica de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, y en representación del imputado ISMAEL GONZALEZ PEREZ. SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA para conocer la acción de amparo Constitucional ejercida, en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a quien se ORDENA remitir de inmediato el presente expediente