Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE la presente causa al estado de fijar nueva oportunidad para la realización de la Audiencia Oral de Informes, tal como lo establece el artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, una vez que conste en autos la notificación de las partes, que a tal efecto se ordena hacer, quedando sin efecto alguno el auto dictado en fecha 11 de octubre de 2011. ASÍ SE DECIDE.