Se declaro el Decaimiento del Objeto en la presente medida de Embargo Provisional, solicitada por los abogados Héctor Gámez Arrieta, Carmen Rosa Gámez, Peggi Gámez de Duben y Guaila Rivero Montenegro, actuando en su propio nombre y representación, en contra de los ciudadanos José Luis Delgado Vaamonde y Carmen Elisa Medina Rodríguez, todos identificados en actas.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión, donde no resultó vencida definitivamente ninguna de las partes, por interpretación en contrario 274 del Código de Procedimiento Civil.-