Por cuanto se evidencia que la ciudadana MARLENE ELOISA CHIRINOS MOSQUERA, no ha aceptado la citación ni la notificada secretarial, así como tampoco ha comparecido personalmente en consecuencia y conforme a lo previsto en el precitado Código Civil éste Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: Terminado el procedimiento y se ordena el archivo del Expediente. Cúmplase.