-IV-
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO EL PAO DE SAN JUAN BAUTISTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante", ciudadano ANIBAL RAMON SANZ FLORES, como legitimo heredero de la causante ciudadana MARIA CRESENCIA FLORES DE SANZ (+)., en su condición de hijo, la cualidad de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la causante ciudadana MARIA CRESENCIA FLORES DE SANZ (+), con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento de los mencionados ciudadanos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, .....