-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL DE
MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO EL PAO DE SAN JUAN
BAUTISTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES administrando justicia
en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de
terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en
el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Resuelve: Declarar bastantes y
suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana JAEL JELICE GONZALEZ
MONSALVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-10.984.437, el
derecho de propiedad sobre unas bienhechurías en un lote de terreno Municipal constante de dos
mil sesenta y uno con ciento sesenta y tres metros cuadrados (2.061,163 M2), y con un área de
construcción de ciento sesenta y tres con cero ocho metros cuadrados (163,08 M2). Todo de conformidad con lo establecido en el artíc.....