Por las razones que anteceden, este juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO siguen los ciudadanos BENETIA DELIGIANNIS VIACHOULI, CRISTINA DELIGIANNIS VIACHOULI, MERY DELIGIANNIS VIACHOULI y DIMITRIOS DELIGIANNIS VIACHOULI, respectivamente; representados por las abogadas en ejercicio AURA R. PARADA A. y SOLIS H. HEREDIA T, en contra el ciudadano AGRIPINO ANTONIO ALCALA, representado por la abogada en ejercicio CARMEN ROMELIA ACOSTA ONORE, suficientemente identificados en los autos. En consecuencia se condena a la parte demandada, a: PRIMERO: Entregar a la parte actora, el inmueble que se identifica a continuación: Un (1) inmueble constituido por un (1) local comercial signado con el número 2, que forma parte del Edificio Apostole Deligiannis, ubicado en la Avenida Ricaurte, cru.....