-IV-
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio El Pao de San Juan Bautista de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: HOMOLOGADO, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el convenimiento celebrado en fecha diez (10) de junio del presente año, celebrado entre las partes ante el consejo de protección del Niño, Niña y Adolescentes del Municipio El Pao de San Juan bautista del Estado Cojedes entre los ciudadanos YOBELIS ALEJANDRINA AGUIRRE OSORIO Y, EDUARDO JOSE NIEVES CEBALLOS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-30.734.379, Nº V-27.477.748, respectivamente, en beneficio de su hijo niño (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65, de la Ley Orgánic.....