Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Anarfel Duran Esteban y Mayerling Neysmar Ortiz Aguilar, titulares de las cédulas de identidad Nº. V-11.372.149 y V-18.783.064, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio Santiago Miguel Cabrera Reyes, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 106.042; en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante el Registro Civil del Municipio Lima Blanco del estado Cojedes, el 22 de diciembre de 2007