Por lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE en razón a la materia para conocer la solicitud propuesta por el por el abogado EDDIEZ JOSÉ SEVILLA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.989.839 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.023, en su condición de apoderado judicial del ciudadano MARIO ELIECER VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.571.685, contra la empresa PGV, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, el 27/02/2004, bajo el Nº 19, Tomo 2-A, domiciliada en el sector Camoruco de Orupe, del Municipio Autónomo Tinaco del Estado Cojedes, en la persona de su Director Comercial ciudadano JUAN MIGUEL VILLEG.....