-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA la transacción del procedimiento presentado por las partes, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los artículos 363 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese, incluso en la página Web de este Tribunal, así como en la página cojedes.scc.org.ve. Déjese copia certificada por Secretaría y digitalizada en programa PDF, en el archivo de este tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 9 del ar.....