En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Resuelve: Primero: Decretar la Ejecución Forzosa de la sentencia dictada en fecha diecinueve (19) de octubre de dos mil nueve (2009), en la presente causa de Obligación de Manutención, en consecuencia, obrando de conformidad con lo establecido en el Artículo 526 del Código de Procedimiento Civil se ordena al ciudadano: José Vicente Rodríguez Arias, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.964.136, a pagar inmediatamente las cantidades de dinero que adeuda por concepto de Obligación de Manutención, vencidas y no canceladas oportunamente a favor del niño SE OMITE NOMBRE, de dos (02) años de edad; correspondientes a la cantidad fijada por concepto de Obligación de Manutención mensual de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES MENSUALES (Bs.350,00) equivalentes al p.....