De conformidad con lo dispuesto en el articulo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" a los ciudadanos RUTH RICARDA ROJAS DE VEGAS, LUIS YSRAEL VEGAS ROJAS y YANET LISBETH VEGAS ROJAS (fallecida ab- intestato) sucesión a nombre de FELIX MANUEL HERNANDEZ VEGAS venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-2.141.751, V- 7.089.079, V- 6.371.048 y V- 19.770.967 respectivamente, actuando en su condición de cónyuge, hijos y nieto del De-Cujus LUIS ALFREDO VEGAS MORENO , quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 525.583, quien falleció ab-intestato el día diecisiete (17) de septiembre del año dos mil diecisiete (2017) y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones al solicitante, tal como fue solicitado en el escrito de soli.....