este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del sistema de responsabilidad penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY acuerda: SANCIONAR al adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), por ser PENALMENTE RESPONSABLE EN LA COMISION DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO PROPIAMENTE DICHO, previsto en el articulo 458 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano victima JOSE RAFAEL LOVERA HERNANDEZ, todo de conformidad con el procedimiento especial de admisión de hechos de conformidad con el 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la Causa Nº 1U-237-11, y se sanciona a cumplir la medida de: LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, de conformidad con lo previsto en el artículo 620 literal "d", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación con el artíc.....