-III-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos PEDRO JOSE FLORES MANZANERO, ANTONIO JOSÉ FLORES MANZANERO Y ALEJANDRO FLORES MANZANERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 12.367.401, V-12.769.636 y V-15.297.709, respectivamente, domiciliados en la ciudad de San Carlos, Municipio Ezequiel Zamora, estado Cojedes, la cualidad de Únicos y Universales Herederos, de quien en vida respondiera al nombre ELICIA MARIA MANZANERO DE FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.043.913; con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bie.....