Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la oposición formulada por el Abogado EMILIO SEGUNDO BARROETA GUILLEN, Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil REFORESTADORA DOS REFORDOS C.A., a la admisión de las pruebas promovidas por el Abogado JOSE C. COLMENARES CH, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante Ciudadano EDUARDO DEL VALLE MARCANO TELLERIA y por consiguiente ordena la admisión de las pruebas promovidas, salvo su apreciación en la oportunidad correspondiente. ASÍ SE DECIDE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÒN.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año dos .....