Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, expresamente NIEGA la solicitud presentada por los ciudadanos: EUGENIO ANTONIO SANCHEZ y RAFAEL SIMÓN OSTO, ya identificados. Así se decide.
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los veinte cuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil catorce (2014). Años: 203° y 155°.
El Juez Provisorio,
Abg. FREDDY RAFAEL SARABIA CEDEÑO
.....