III
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, vista la solicitud presentada y estudiado el caso, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos: MIRLA DEL CARMEN PEREZ OSTO y HENRRY MOISES RODRÍGUEZ PÉREZ, PABLO ALEXANDER RODRÍGUEZ PÉREZ Y ANDERSSON DANIEL RODRÍGUEZ PÉREZ, esposa e hijos del causante, cualidad de únicos y universales herederos del ciudadano, HENRY ALOIMA RODRÍGUEZ SILVA, fallecido ab-intestato, en fecha 15 de junio de 2024, como ha quedado probado; con vocación hereditaria para la obtención del cobro de prestaciones sociales y demás derechos dejados por el causante, dejando a salvo los derechos de terceros conforme a lo establecido en el artículo 11, en su único aparte y del artículo 937 am.....