PARTE DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos antes expuestos, tanto de hecho, como de
derecho, este Tribunal de municipio ordinario y ejecutor de medidas del
municipio Girardot del estado Cojedes, ateniéndose a lo alegado y probado en
autos, sin sacar elementos de convicción fuera de ellos y sin suplir excepciones
ni argumentos de hecho no alegados ni probados, actuando en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESLINDE incoada
por el ciudadano Armando Rafael Mirabal Hernández, venezolano, mayor de
edad, con cédula de identidad No. V-11.964.110, domiciliado en El Baúl, urb La
Manga, calle 02 cruce con 16, parroquia El Baúl, Municipio Girardot, en contra
del ciudadano Rommer Alexander Sánchez Almairo, domiciliado en el
Municipio Girardot del Estado Cojedes. SEGUNDO: el Tribunal dispone
notificar mediante oficio a la oficina de catastro de la Alcaldía del Municipio
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