IV.- Decisión.
Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela, por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, declara Homologada la Transacción en el presente juicio de Cobro de Bolívares por intimación, presentada en fecha dieciocho (18) de enero de 2024, por el abogado Juan Carlos Silva Malpica, en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana Adriana Carolina Galíndez Cordero, parte demandada en la presente causa y por la otra parte el abogado Orlando Pinto Aponte, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadana Nouade Neime de Bou Diab, todos identificados en autos, conforme a los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, el cual adquiere carácter de cosa juzgada.....