DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR El RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la accionada y recurrente, en contra de sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 10 de diciembre del año 2012, que declaro la Admisión de los Hechos y Con Lugar la demanda. En consecuencia se revoca la sentencia recurrida y se ordena reponer la causa al estado en que se fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar. Así se decide.
No hay condenatoria en Costas en virtud de la naturaleza del fallo.