PRIMERO: Continuar la presente averiguación por los tramites del procedimiento ordinario, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena la inmediata libertad sin restricciones de los adolescentes imputados SE SUPRIME LA IDENTIDAD CONFORME AL ARTICULO 65, DE LA LEY ORGÁNICA DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE, residenciado en San Carlos Estado Cojedes, y SE SUPRIME LA IDENTIDAD CONFORME AL ARTICULO 65, DE LA LEY ORGÁNICA DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE. LÍBRESE LA CORRESPONDIENTE BOLETA DE LIBERTAD y ofíciese lo conducente. TERCERO: Remitir Copias Certificadas a la Fiscalía Superior del Estado Cojedes, a los fines de que se ordene una averiguación en contra de los funcionarios actuantes en el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el Articulo 287, numeral 2do del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Articulo 268 y 275 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y .....