Con fundamento en lo expuesto esta juzgadora administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley resuelve:
PRIMERO : Se declara invalida la notificación de la demandada, en consecuencia quedan sin efecto todas las actuaciones realizadas con posterioridad a ella .
SEGUNDO: Se repone la causa al estado de realizar nuevamente la notificación de la demandada en el domicilio señalado por el demandante .
TERCERO: Se ordena redistribuir el expediente al tribunal de origen
CUARTO : Notifíquese a las partes y al Ministerio Público.