-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO EL PAO DE SAN JUAN BAUTISTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos JOSE GREGORIO HERRERA CASTRO Y, YENNY JOSEFINA HERRERA CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-18.973.581, V-18.973.594, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías en un lote de terreno Municipal constante de un área de terreno: TRESCIENTOS VEINTIDOS METROS CUADRADOS (322,00 M²), con un área total de construcción y bienhechuría de CINCUENTA Y UN CON VEINTE METROS CUADRADOS (51,20 M²). Ubica.....