Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso, este Juzgado del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana ANA CARLINA SOSA DE PELLEGRINO y sus hijos: MIGDALIA MIGUELINA; GIOVANNI VICENTE; ALEXIS MAURICIO y ÁNGELO EDUARDO PELLEGRINO SOSA, cualidad de únicos y universales herederos del ciudadano, CARMINE VINCENZO PELLEGRINO TROPIANO, fallecido el día 15 de enero de 2013, como ha quedado probado; con vocación hereditaria sobre derechos que ha dejado a la fecha de su fallecimiento el causante, dejando a salvo los derechos de terceros conforme a lo establecido en el artículo 11, en su único aparte y del artículo 937, ambos del Código de Procedimiento Civil, y al principio constitucional de tutela Judicial efectiva contenido en el .....