VIII
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado RICARDO TORRES en su carácter de defensor privado. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 13 de marzo de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual mantiene la medida judicial privativa de libertad al acusado, ciudadano YOHEL MARTÍN ROBLES, plenamente identificado, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 deL Código Penal, pues la misma se encuentra ajustada a derecho y TERCERO: NIEGA la sustitución de dicha medida por una menos gravosa de las previstas en el ar.....