VI.- Decisión.-
Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes,
Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
Primero: Procedente la medida cautelar nominada de prohibición de enajenar y gravar sobre los bienes inmuebles y sus bienhechurías propiedad de la parte demandante el ciudadano Gerardo Royuela Díaz, en su carácter de presidente de la Sociedad mercantil Ferrepiscina C.A,