IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el divorcio entre los ciudadanos MAUREN DEL VALLE VELAZQUEZ RIOS, titular de cédula de identidad Nº V-11.965.254 y PEDRO JOSÉ MIRELES ARGUELLO, titular de cédula de identidad Nº V-9.673.094, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1.070/2016, proferida de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día veintidós (22) de diciembre del año Mil novecientos ochenta y nueve (1989), según Acta asentada bajo el Nº 315, Folio Nº vto. 429 del año 1989, por ante por la Prefectur.....