DE LA DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo
Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes;
administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de
la Ley, DECLARA: CON LUGAR la inhibición planteada por la asistente, Keily Karelys
Zambrano Valderrama venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-
17.206.264, en su carácter de asistente de este Juzgado.
Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web de este Tribunal. Déjese copia
certificada por Secretaria del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248
del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los
fines previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72, de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia
en lo Civil,.....