DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RICAURTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada por el ciudadano, TOMAS ANTONIO ARRIECHY ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª V- 7.563.857 domiciliado en la calle Tomás Araujo, casa Nº 18-36, Municipio Ricaurte, Estado Cojedes, en contra de la ciudadana: LENNY COROMOTO MENDOZA ESCORCHA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº - V-12.368.044 , domicilio en la calle Tomás Araujo, casa s/n, Municipio Ricaurte, Estado Cojedes, fundamentada en la sentencia vinculante de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nº 1070/2016, de fecha 09/12/2016, alegando el desafecto como causal de divorcio, en consecuencia,.....