-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la Alcaldía del Municipio Lima Blanco, representada por el ciudadano: PEDRO LUIS SÁNCHEZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.423.622, correo electrónico: pelsr@hotmail.com, en su carácter del Alcalde del Municipio Lima Blanco del Estado Bolivariano de Cojedes, debidamente asistidos por el abogado Argenis Alberto José Fernández Montagne; venezolano, mayor de edad, titular de cédula de Identidad Nº V-20.043.649, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogada bajo el Nro. 200.568; e.....