Este Tribunal, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
Primero: Se declara con lugar la demanda de Colocación en Entidad de Atención, incoada por las ciudadanas Abg. Carmen Loreto, Abg. Deisy Velásquez y Lic. Yoxaira León, en su carácter de Consejeras de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes, quienes actúan en defensa de los derechos e intereses de la niña Se omite nombres de conformidad con el articulo 65 Lopnna, de seis (06) meses de edad. Así se decide.
Segundo: En consecuencia, se ratifica la Medida de Colocación Provisional en Entidad de Atención, dictada en fecha 22 de abril de 2014, en beneficio de la niña Se omite nombres de conformidad con el articulo 65 Lopnna, en la Entidad de Atención, permaneciendo su ejecución en la Casa Abrigo "La Lluvia y el Arcoíris, ubicada en el Sector Pueblo Nuevo, Municipio Tinaco estado Cojedes. Así se decide.
Tercero: Se.....