En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA, PRIMERO: Rectifica el error ocurrido en la boleta de Citación que riela al folio 208 de la primera pieza de la presente causa de conformidad con el Articulo 192 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Ordena de conformidad con lo pautado en el articulo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes la ubicación inmediata, del acusado (identidad que se omite de conformidad con el Articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y Lograda como sea su ubicación deberá ser puesto a la orden de este Tribunal a los fines de proceder a la celebración de la Audiencia preliminar. TERCERO: Se ordena oficiar lo conducente .....