este Tribunal que la demanda presentada por el Consejo de Protección del niño niña y adolescente del Municipio Falcón del estado Cojedes, en representación de la ciudadana, Judith Seleni Rumbos madre de la niña (IDENTIDAD PROTEGIDA) contra el ciudadano: Eduard Agustín Herrera Moreno, por el motivo de la Obligación de Manutención, ha transcurrido más de un año, sin haberse ejecutado algún acto de procedimiento por las partes que diera impulso al proceso, siendo la última actuación procesal de fecha 14 de mayo del año 2007, lo que tal situación encuadra en lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, considerando quién juzga ha operado en el presente caso la Perención de la Instancia. Y así se declara.
Y por cuanto en el presente caso la causa se encuentra paralizada, por falta de impulso procesal, procede perfectamente, a criterio de esta juzgadora y de oficio, la Declaración de la Perención de la Instancia, dando así cumplimiento a lo establecido en los Artí.....