Decisión.-
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado
Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la
República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con Lugar la
Inhibición planteada por la abogada GLORIA JOSEFINA LINAREZ MOLINA,
en su carácter de Secretaria Titular de este Juzgado Superior, en lo Civil,
Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado
Cojedes; en el expediente signado con el Nº 1223, contentivo de Desalojo
(Inhibición), intentado por las ciudadanas Marina Marbella de Tortolero y Rosa
Mireya Polanco de Jiménez, en contra del ciudadano Juan Pablo Palencia.
Segundo: Se designa como secretaria accidental a la funcionaria Jaimar
Inmaculada Linares López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de
identidad Nº V-17.888.656.
Tercero: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de l.....