En virtud de las razones de hecho y de derecho procedentes expuestas, el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la separación de cuerpos de los cónyuges María Alexandra Aparicio Jiménez y Pedro Nolasco Robles Herrera, titulares de las cédulas de identidad nros. V-13.594.771 y V- 19.182.533, respectivamente, a partir del día de hoy 22 de marzo de 2011, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Y así se decide.