Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la Abogada TRINA ABREU HERNANDEZ, actuando en representación de la Sociedad Mercantil INVERSIONES ABREU HERNANDEZ INVEAHCA COMPAÑÍA ANONIMA. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: INADMISIBLE el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por la Abogada TRINA ABREU HERNANDEZ, actuando en representación de la Sociedad Mercantil INVERSIONES ABREU HERNANDEZ INVEAHCA COMPAÑÍA ANONIMA, mediante escrito presentado en fecha 18 de febrero de 2013, contra el Acto administrativo dictado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (I.N.Ti), en fecha 18 de abril del año 2012, en la Sesión de Directorio Nº 436-12, mediante el cual se acordó otorgar la CARTA.....