este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve: ÚNICO: Declarar la Perención de la instancia, por inactividad de las partes, en el proceso de divorcio 185-A, solicitado por los ciudadanos José Ramón Colmenares Sánchez y Dasely Lilibeth Pérez Cano, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.117.709 y V-10.993.090 respectivamente; en consecuencia se extingue el proceso, terminado el asunto con el archivo del expediente una vez vencido el lapso para ejercer los recursos correspondientes. Notifíquese a los solicitantes. Así se decide. Cúmplase.
Regístrese y Publíquese.