Por lo expuesto, el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos, declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos Merlys Isabel Contreras Bravo y Justiniano Manuel Bolaño Jiménez, titulares de las cédula de identidad N° V-23.146.410 y V-24.247.854, sobre las bienhechurías cuyos linderos y especificaciones se indican en la solicitud.