Por las razones de hecho y de derecho expuestas, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Maidely Guerra Acosta y Orangel Ramón Morales Pinto, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.961.684 y V-12.773.333, respectivamente, asistidos en este acto por la Abogada Randace Maria De Los Ángeles Guerra Montilla, inscrita en el Inpreabogado Nº 251.958; en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante la Prefectura del Municipio Autónomo San Carlos del estado Cojedes, el 20 de julio de 1995. liquídese la comunidad conyugar.
Publíquese y Regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para.....