IV.- Decisión.-
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho realizados anteriormente, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, se declara Incompetente por la materia para conocer de la presente demanda de Partición y Liquidación de Bienes de la Comunidad Conyugal, interpuesta por el ciudadano Cesar Enrique Ortega Romero, titular de la Cédula de identidad Nº V.3.043.186, en contra de la ciudadana Yolanda Esther Moreno de Ortega, titular de la Cédula de identidad Nº V. 4.098.586, Declina el conocimiento de la misma al Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, órgano al cual se ordena remitir las presentes actuaciones en la oportunidad de Ley. Cúmplase lo ordenado.