DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Accidental Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR la Inhibición formulada por la abogada Karina Lisbeth Nieves Martínez, en su carácter de jueza provisoria del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes; en el juicio por Querella Interdictal por Despojo, intentado por las ciudadanas Ángela Herrera Salazar y Tania Herrera Salazar, contra los ciudadanos Pedro Ramón Herrera Salazar y Emilio Antonio Herrera Salazar. Segundo: ORDENA oficiar a ese tribunal, a los fines de notificar la presente decisión.