este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cuanto a los cónyuges, Decide: Declarar Con Lugar la petición de Divorcio propuesto por los ciudadanos Teisis Eduardo Gómez Ramírez y Dayana Margarita Sanabria Solorzano, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 14.324.016 y V-12.604.871 respectivamente, en consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial contraído en fecha diecisiete (17) de noviembre de dos mil uno (2001), por ante el Registro Civil de la Parroquia Independencia del Municipio Libertador del estado Carabobo, según se evidencia en el acta de matrimonio, Acta Nº 069, correspondiente al año 2001, la cual riela al folio tres (03) del presente asunto.
Los gastos derivados de este procedimiento son a cargo de los.....