-IV-
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y previa lectura acordada por Secretaría estando conforme por los manifestantes, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de Separación de Cuerpos y de Bienes, presentada por los ciudadanos ELEOBALDO DE JESUS VARGAS Y LUCIA DEL CARMEN MORALES CHIRINOS, y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS Y DE BIENES, a partir del día de hoy veintiuno (21) de Mayo de 2015, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud; igualmente se declara procedente en relación a los que se adquieran posterior a la presente providencia. Así se decide.