IV.- Decisión.-
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho acuerda anular el auto que ordenó la notificación del experto para que manifestara su aceptación o escusas para ejercer el cargo designado y la experticia grafotécnica, reponiendo la causa a ese estado procesal de nombramiento de los nuevos peritos, ordenando convocar a la parte demandante ciudadanos Norelkis González Reina y otros y la ciudadana Lenny Yumaly González Reina, parte demandada en la presente causa para el nombramiento de expertos a los fines de realizar una nueva experticia grofotecnica de conformidad al artículo 451 del Código de Procedimiento Civil, y Anular Ex Officio (De Oficio) todas las actuacione.....